- Orden de 02/06/2014 de la Consejería de Agricultura de la Comunidad de Castilla La Mancha:
- Artículo 4: establece la obligatoriedad de vacunar anualmente contra la rabia a todos los perros, gatos y hurones mayores de tres meses de edad en la Comunidad de Castilla La Mancha. La fecha de administración no será anterior a la fecha de identificación, por lo que es obligatorio identificar al animal en el momento de la vacunación antirrábica si no lo ha sido anteriormente.
- CODIGO PENAL (Ley orgánica 1/2015 por la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995 del CÓDIGO PENAL):
- Artículo 336:
- Establece penas de prisión de 3 meses a 1 año a quien maltrate injustificadamente a un animal doméstico causándole lesiones que menoscaben su salud.
- Si se hubiera causado su muerte la pena será de 6 a 18 meses de prisión.
- El empleo de venenos con fines destructivos para la fauna está castigado con pena de prisión de 4 meses a 2 años.
- Artículo 337: El que abandone a un animal doméstico será castigado con pena de multa de 1 a 6 meses.
- CONVENIO EUROPEO PARA LA PROTECCIÓN DE ANIMALES DE COMPAÑÍA:
- Artículo 3: Nadie debe causar a un animal de compañía dolor, sufrimiento o angustia innecesarios. Nadie debe abandonar a un animal de compañía.
- Artículo 4: Cualquier persona que sea propietaria de un animal de compañía o haya accedido a cuidar del mismo es responsable de su salud y bienestar.
- Artículo 11: Solo un veterinario o persona competente están autorizados a sacrificar a un animal. Este sacrificio debe hacerse con el mínimo sufrimiento físico y mental.
- Artículo 12: Los gatos y perros con propietario deben ser identificados mediante tatuaje o microchip y deben estar registrados en la base de datos junto con el nombre y dirección del propietario.